Aberrante corrupción entre Fiscalía, Ejecutivo y Judicial, está a punto de liberar a agresor sexual en Tlaxcala

Aberrante corrupción entre Fiscalía, Ejecutivo y Judicial, está a punto de liberar a agresor sexual en Tlaxcala

Tanto la Fiscalía, la Procuraduría para la Protección de NNA y hasta un Juez local se confabularon para no impugnar sobreseimiento de acuerdo que dejará libre a victimario

Alexxa Carrasco

Por enésima ocasión, la aberrante corrupción que pulula en la Fiscalía General de Justicia del Estado, el Poder Ejecutivo a través de la Procuraduría para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA), así el Poder Judicial de Tlaxcala, han articulado sus nexos para liberar al agresor sexual de la menor de edad N.Z.E, quien a pesar de haber sido objeto del delito de violación, todas las instancias arriba mencionadas, se han confabulado para negarse a impugnar el sobreseimiento mediante el cual, se ordena liberar a su agresor sexual.

Fue en 2022 cuando la víctima denunció haber sido víctima de agresión sexual por parte de la expareja sentimental de su madre. La denuncia dio origen a la Causa Judicial 186/2022-VII, radicada en el Juzgado de Control y Juicio Oral del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer, donde el imputado fue vinculado a proceso y sujeto a prisión preventiva oficiosa.

Lo que parecía el inicio de un proceso penal ordinario se convirtió, con el paso del tiempo, en un complejo entramado de resoluciones, revocaciones, amparos y recursos que hoy mantienen el caso en una situación de alta incertidumbre jurídica y que exhibe la aberrante corrupción que prevalece entre las instituciones encargada de procurar e impartir justicia.

Después de que el agresor sexual de la víctima resultó vinculado a proceso, el Juez de Control autorizó el plazo para que el Ministerio Público concluyera con la investigación complementaria y tras cumplirse el plazo de investigación complementaria, el 14 de agosto de 2023 el Juzgado dictó un sobreseimiento total del asunto en perjuicio de la víctima.

Fue en ese preciso momento cuando se advirtió un actuar corrupto del Ministerio Público bajo el mando de la entonces procuradora General de Justicia del Estado, Ernestina Carro Roldán, pues a pesar de la decisión del juez, el MP tenía un plazo de 15 días para solicitar la suspensión del proceso o formular acusación, incluso cuando el Juez debió observar la ineficiencia del MP tenía la obligación de solicitar a la PPNNA designar a un representante coadyuvante, que no es otra cosa que un grupo multidisciplinario con abogados, trabajadores sociales y psicólogos especializados para asumir la defensa de la víctima, el cual, también tendría un plazo de 15 días para recurrir el sobreesimiento del juez.

Curiosamente, el gobierno de Lorena Cuéllar a través de su hija Mariana Espinosa de los Monteros, han gritado hasta el cansancio como uno de sus grandes logros, haber creado las 60 Procuradurías de Protección de NNA en igual número de municipios, situación que garantiza y protege los derechos de las infancias, pero en este caso, ha sido la propia PPNNA dependiente de ellas, la que se ha negado a intervenir.

Es decir, a pesar de que el plazo para el cierre de investigación complementaria concluyó, el Ministerio Público no cumplió con su obligación fundamental de formular acusación dentro del plazo de quince días indicado, con el apoyo total del entonces Juez de Control en esa época, Luis Alberto Lima Hernández, pues no dio vista de la omisión del Ministerio Público a la titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado y todavía tuvo el descaro de ordenar el sobreseimiento total de la Causa Judicial el 14 de agosto de 2023, aunque ante la clara omisión, al día siguiente dejó sin efecto el acuerdo de sobreseimiento pero allanando el camino a la defensa del victimario.

Esto, porque la defensa del agresor sexual promovió juicio de amparo indirecto radicado con el número 1161/2023-III ante el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado mediante el recurso de revisión con el número 12/2024, de los radicados en el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, cuya ejecutoria se dictó el 3 de mayo de 2024 y mediante el cual resolvió que se debe dejar insubsistente la nueva resolución del juez del 15 de agosto de 2023 y dejar intocado el sobreseimiento decretado en la causa penal 186/2022 del 14 de agosto de 2023 que ordenaba absolver del delito al imputado.

Pero a pesar de que el 22 de mayo de 2024 el Juez de Control ordenó notificar a las partes, una vez más el Ministerio Público a cargo de esa investigación y el defensor de oficio asignado a la víctima por el propio Gobierno del Estado de Tlaxcala, inexplicablemente se abstuvieron de impugnar ese sobreseimiento, lo que fue aprovechado por la defensa del agresor sexual para pedir la libertad de su patrocinado.

No obstante, el 3 de octubre de 2024, la entonces Jueza Tercero de Control en auxilio del Juez Séptimo de Control del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer, hizo efectivo el interés superior de la infancia y dejó sin efecto el sobreseimiento del 14 de agosto de 2023 para regularizar el procedimiento penal que fue impugnado a través de un amparo que nuevamente dio la razón a la defensa del agresor sexual.

Todavía en diciembre de 2025, la defensa del agresor sexual solicitó nuevamente hacer efectivo el sobreseimiento y que se ordenara la libertad de la persona imputada, petición que el Juez de Control negó y en contra de dicha negativa, la defensa del agresor nuevamente obtuvo un amparo del Juzgado Tercero de Distrito, quien pidió al Juez de Control fundar y motivar su negativa, y tras fundamentar sus argumentos, resolvió nuevamente negar la libertad del imputado y fue puesto a disposición del Tribunal de Enjuiciamiento, el cual nuevamente fue impugnado y después de una serie de argucias legales el caso continúa entrampado.

En pocas palabras, a pesar de la larga lucha penal que exhibe los abusos de poder de jueces, magistrados, la Fiscalía de Tlaxcala y la PPNNA, una vez más se demostró que ni el Ministerio Público, ni el Juez de Control iniciador, muchos menos la PPNNA se han atrevido a promover un recurso de impugnación en contra del sobreesimiento del caso, situación que ha dejado en estado de vulnerabilidad a la víctima menor de edad, a pesar de que la ley establece que para garantizar de manera reforzada, especializada y con efectividad la plenitud de derechos de la víctima directa sin que éstos les sean restringidos y conculcados, debe contar con la figura jurídica de asesoría jurídica coadyuvante, figura que tanto magistrados como la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros han presumido que está garantizada en Tlaxcala, pero que en los hechos, solo es letra muerta.

Lo anterior a pesar de que, mediante oficio 3850/2024, fechado el 5 de diciembre de 2025, se solicitó a la Titular de la Procuraduría para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala, Guadalupe Hernández Montes, que designara equipo conformado por profesionales en las disciplinas de medicina, asesoría jurídica, trabajo social y atención psicológica en favor de la víctima directa dentro del presente asunto a más tardar al día siguiente hábil (el 8 de diciembre), fue hasta el 19 de diciembre de 2025, cuando la PPNNA designó a la asesora jurídica, quien recibió la notificación del acuerdo de sobreseimiento del 14 de agosto de 2023, pero por increíble que parezca, dicha funcionaria pública nuevamente se ha negado a impugnar esa determinación y de no hacerlo, el agresor sexual finalmente será exonerado sin ser enjuiciado, todo por un error técnico del Ministerio Público y la víctima pasará a ser una cifra más de la injusticia que se vive en México, así el terrible escenario en Tlaxcala, donde la mandataria estatal, Lorena Cuéllar Cisneros asegura que su gobierno protege a las infancias, pero las dependencias a su cargo, incluye la subordinada Fiscalía General de Justicia del Estado, solo hacen negocios con la ley.

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